
La magistrada sostuvo que el Poder Ejecutivo no puede reformar por decreto un derecho garantizado por la Constitución Nacional. “La modificación del régimen legal de la huelga exige el tratamiento y sanción de una ley por parte del Congreso”, sostuvo.
El decreto, publicado por el Ejecutivo a principios de mayo, endurecía los requisitos para declarar medidas de fuerza, al tiempo que limitaba su alcance. La normativa generó rechazo en la CGT y otros sectores gremiales, que consideraron que era una “violación del orden democrático y constitucional”.
Críticas desde la CGT
En su presentación judicial, la central sindical remarcó que la reglamentación no sólo contradice la legislación argentina, sino que también vulnera convenios internacionales ratificados por el país, con jerarquía constitucional. Entre ellos, se destacan los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que protegen la libertad sindical y el derecho a la acción directa.
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El fallo de Fullana no declara la inconstitucionalidad del decreto, pero frena sus efectos mientras se resuelve el fondo del asunto. En la práctica, esto impide que el Gobierno aplique las restricciones previstas en los artículos suspendidos, al menos por ahora.